Utilidad de los Software
Bien primero que nada es importante destacar lo fuerte que estan siendo implementados los software educativos en la diferentes instituciones a nivel nacional. Esto debido a lo util que son para desarrollar cualquier tipo de asignatura en cuanquier nivel academico ya que se ajustan a las necesidades del docente para con los alumnos. Pero si bien es cierto esto, tambien es cierto que para hacer la implementación de un software se debe tener un estudio previo o mas bien una evaluación para denotar si el material o la herramienta que se tiene en la mano es la que verdaderamente se necesita para el grupo de alumnos o personas con la que se esta trabajando o a la que se le va a dirigir. Porque? Por que se debe tener en claro los siguientes requerimientos minimos: A quien va dirigido? a que cantidad de personas se les va a implementar? cuales son las edades comprendidas entre los alumnos? que problema va a solucionar? entre otras cocas.... Si se tiene en claro estos puntos como requerimientos minimos entonces se tendra una buena elección del material que se va a utilizar o mas bien del Software que se implementara para lograr los objetivos planteados.
Uso de Software.
Software libre (en inglés free software) es la denominación del software que respeta la libertad de los usuarios sobre su producto adquirido y, por tanto, una vez obtenido puede ser usado, copiado, estudiado, modificado y redistribuido libremente. Según la Free Software Foundation, el software libre se refiere a la libertad de los usuarios para ejecutar, copiar, distribuir, estudiar, cambiar y mejorar el software; de modo más preciso, se refiere a cuatro libertades de los usuarios del software: la libertad de usar el programa, con cualquier propósito; de estudiar el funcionamiento del programa, y adaptarlo a las necesidades; de distribuir copias, con lo cual se puede ayudar a otros, y de mejorar el programa y hacer públicas las mejoras, de modo que toda la comunidad se beneficie (para la segunda y última libertad mencionadas, el acceso al código fuente es un requisito previo).
El software libre suele estar disponible gratuitamente, o al precio de coste de la distribución a través de otros medios; sin embargo no es obligatorio que sea así, por lo tanto no hay que asociar software libre a "software gratuito" (denominado usualmente freeware), ya que, conservando su carácter de libre, puede ser distribuido comercialmente ("software comercial"). Análogamente, el "software gratis" o "gratuito" incluye en ocasiones el código fuente; no obstante, este tipo de software no es libre en el mismo sentido que el software libre, a menos que se garanticen los derechos de modificación y redistribución de dichas versiones modificadas del programa.
Tampoco debe confundirse software libre con "software de dominio público". Éste último es aquel software que no requiere de licencia, pues sus derechos de explotación son para toda la humanidad, porque pertenece a todos por igual. Cualquiera puede hacer uso de él, siempre con fines legales y consignando su autoría original. Este software sería aquél cuyo autor lo dona a la humanidad o cuyos derechos de autor han expirado, tras un plazo contado desde la muerte de éste, habitualmente 70 años. Si un autor condiciona su uso bajo una licencia, por muy débil que sea, ya no es del dominio público.
Otro tema aparte es el uso de software ilegal que a crecido bastante.
Algunas de las manifestaciones de la piratería de software que nos resultan familiares en nuestras actuaciones diarias son:-Utilizar una copia adquirida con licencia para instalar un programa en varios ordenadores.
-Adquirir software, restringido o no, destinado a la venta minorista sin una licencia para uso comercial.
-Aprovechar ofertas de actualizaciones sin tener una copia legal de la versión a actualizar.
-Sitios web piratas que ofrecen descargas de software gratuitas o a cambio de la carga de programas.
-Venta de ordenadores nuevos con copias ilegales de software en los discos duros, que hacen que la compra resulte más atractiva.
-Duplicación y venta ilegal de material protegido por los derechos de autor con la intención de copiar directamente este producto protegido.
El grado máximo de protección frente al uso ilegal del Software, lo representa el Código Penal en sus artículos 270 a 272. De los diversos tipos delictivos que se contienen en esta sección se puede predicar que protegen la propiedad intelectual predominantemente en su vertiente patrimonial, si bien a través del castigo del plagio se protege también la paternidad de la obra o su integridad.
Sin embargo, este mecanismo protector es de carácter subsidiario y sólo se pondrá en marcha previa denuncia de la persona agraviada (artículo 287). Exige además, para que el hecho sea punible, el ánimo de lucro y el perjuicio a un tercero, remarcando más si cabe el aspecto patrimonial.
Las conductas que se castigan penalmente son el plagio y la reproducción, y el resto de conductas que afectan claramente a los derechos de explotación: distribuir o comunicar públicamente, importar exportar o almacenar.
En la situación actual resulta imposible imaginar el desenvolvimiento empresarial lejos de la tecnología pero debe resultarnos igualmente inimaginable la utilización de estas creaciones técnicas sin el respeto hacia los derechos de propiedad intelectual que sus titulares ostentan. El equilibrio entre los distintos intereses es difícil, como en tantos otros órdenes, pero no por ello irrenunciable.





